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MEDIDAS FISCALES URGENTES PARA RESPONDER AL IMPACTO ECONOMICO DEL COVID-19

 

13/03/2019

 

Desde LACASA ABOGADOS, PALACIOS & PARTNERS estamos acompañando las novedades que afectan a las empresas, con el fin de informar con inmediatez a nuestros clientes de las decisiones con respecto al COVID-19 que les afectan, y permitirles la adaptación a una realidad cambiante cada día.

 

Flexibilidad de Aplazamientos Tributarios

 

Hoy 13/03/2020 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Dichas medidas de refieren al sector sanitario, al sector turístico, a las familias, a la gestión eficiente de las Administraciones Públicas, así como a prevenir un mayor impacto económico negativo sobre las PYMES y autónomos.

 

La presente nota se refiere a las medidas Fiscales establecidas en el artículo 14, que flexibilizan las condiciones para la concesión de aplazamiento de determinadas deudas tributarias:

 

Las deudas tributarias deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Que se trate de autónomos o PYMES cuyo volumen de operaciones en el año 2019 no haya sido superior a 6.010.121,04 euros.
  • Se trate de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre 13 de marzo y 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.
  • Sean deudas del ámbito de competencias de la Administración Tributaria del Estado.
  • El importe  conjunto de las deudas, junto con el resto de deudas aplazadas no exceda de 30.000 euros (esta condición está ínsita en la remisión al artículo 82.2 de la Ley General Tributaria y de éste a la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre).

 

La gran novedad es que este aplazamiento será aplicable a las deudas tributarias de Retenciones, IVA y Pagos Fraccionadoscuyo aplazamiento había sido suprimido por el Real-decreto ley 3/2016 de 2 de diciembre, y concretamente a:

–     Las correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta.

–     Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos incluso si las cuotas repercutidas hubieran sido efectivamente pagadas.

–     Las correspondientes a obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.

 

Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

  1. a) No se requiere garantías (al serle aplicable la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre).
  2. b) El plazo será de seis meses.
  3. c) No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

 

No obstante, continúan siendo inaplazables, entre otras, las siguientes deudas:

  • En caso de concurso del obligado tributario, las que, de acuerdo con la legislación concursal, tengan la consideración de créditos contra la masa.
  • Las resultantes de la ejecución de resoluciones firmes total o parcialmente desestimatorias dictadas en un recurso o reclamación económico-administrativa o en un recurso contencioso-administrativo que previamente hayan sido objeto de suspensión durante la tramitación de dichos recursos o reclamaciones.

 

Con fecha de hoy, se han publicado en la WEB de la AEAT Instrucciones provisionales para solicitar aplazamientos conforme al antedicho RDl 7/2020, de 12 de marzo. Estas se encuentran en el siguiente link. https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Le_Interesa/2020/Instrucciones_presentacion_aplazamiento.pdf

 

Ampliación de los Plazos de Procedimientos Tributarios

 

En el mismo ámbito de medidas urgentes, la AEAT también ha publicado en su página web, un “Aviso Importante” anunciando que “Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo”.

 

Nuevamente publicamos el enlace para ver dicho Aviso

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Aviso_importante__ampliacion_de_los_plazos_en_los_procedimientos_tributarios.shtml

 

Estaremos pendiente de la publicación de la norma que flexibilice los citados plazos para informarles.